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Las víctimas pocas veces se sienten escuchadas y temen que sus casos no trasciendan judicialmente.

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La trata de personas es uno de los delitos más crueles y complicados. Vulnera los derechos básicos del ser humano y comprende, además, una cadena de otros hechos delictivos. En un último informe, la Defensoría del Pueblo y la ONG CHS Alternativo alertan que el sistema judicial necesita un enfoque de género al abordar este ilícito, que afecta a cientos de niñas y mujeres. Los especialistas señalan que las víctimas pocas veces sienten que su voz es escuchada y que sus casos pueden trascender jurídicamente.  

Cuando Lucía tenía 17 años, ella veía como sus amigas entraban a un cuarto y salían con bastante dinero. Le llamaba la atención lo “fácil” que era conseguirlo; así que se involucró. Su vida empezó a desvanecerse “en madrugadas de fiestas, alcohol y sexo con hombres que ella y sus amigas llamaban puntos. 

Un día no llegó a su casa como solía hacer siempre. Varios días después fue a la casa de su amiga, quien dio aviso por teléfono a su mamá que la buscaba desesperada. Enterada de lo que había sufrido su hija, ella misma la llevó a la comisaría. Ahí la atendieron miembros de la policía especialista en trata de personas. Luego, fue llevada a la UPE (Unidad de Protección Especial de Menores). Finalmente fue trasladada a un albergue especializado en recibir a víctimas de la región de Loreto. “Si no me hubieran rescatado, ahora no sé dónde estaría yo”, dijo. Este caso fue contado en el reportaje «Esclavas sin cadenas» de la periodista Lourdes Fernández, en el Diario El Comercio. La historia de Lucía es la de muchas otras víctimas de trata de personas.

En Perú, entre el 2012 y parte del 2019, se registraron mediante diferentes agentes estatales más de 12 mil denuncias por delito de trata de personas, según el Ministerio del Interior. Eugenia Fernán, Primera Adjunta de la Defensoría del Pueblo, declaró en la conferencia virtual “Abordaje judicial de la trata de personas”, que este delito es un fenómeno mundial que representa una de las peores formas de explotación. “Es una grave violación a los derechos humanos en cuanto vulnera la esencia de la persona, su esfera más íntima, su dignidad, libertades fundamentales e integridad”, agregó la experta.

Aunque la principal forma de explotación es la sexual, este delito no se limita a esta, pues también contempla el trabajo forzoso, la esclavitud, la servidumbre doméstica, la mendicidad infantil, la extracción de órganos, entre otros. 

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En un esfuerzo colaborativo, la Defensoría del Pueblo junto a Capital Humano Social Alternativo (CHS) y U.S. Agency for International Development Perú (USAID), revisaron 120 expedientes judiciales, entre el 2005 y 2017, referidos al delito de trata de personas procedente de 14 regiones del país. El informe concluye, principalmente, que en la mayoría de las sentencias judiciales, de los casos revisados: se considera la dignidad como el bien jurídico protegido en el delito de trata de personas; se tiene en cuenta la vulnerabilidad de la víctima, aunque principalmente solo desde el aspecto económico; y se necesita adoptar enfoques en el abordaje judicial.

La relevancia de elaborar y tener en cuenta este informe se debe a razones esenciales.  “Las víctimas pocas veces se sienten escuchadas y pocas veces sienten que pueden trascender a los procedimientos judiciales y que puedan realmente hacerse sentir en las decisiones que los jueces toman”, afirmó Ricardo Valdés Cavassa, Director Ejecutivo de CHS Alternativo. Por ello, el objetivo de este reporte es analizar y hacer recomendaciones para facilitar el trabajo de los jueces en los procesos judiciales respecto a los delitos de trata de personas.

Este delito tiene rostro de mujer.

A nivel mundial, de acuerdo a la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el delito de explotación de personas afecta de forma desproporcionada a mujeres y niñas. Ellas representan el 99% de las víctimas, sobre todo en la industria sexual comercial, y el 58% en otros sectores. Pero también es conocido como el “delito invisible”. “Incluso para las propias autoridades, es muy difícil de poder verificar al tener una cadena, a su vez, de hechos delictivos: que tiene una conducta, que sea a través de medios y tenga una finalidad”, sostuvo Lourdes Fernández, periodista especializada en el tema de trata de personas, en diálogo con La Antígona.

En el Perú, “al menos 7 de cada 10 víctimas de trata de personas son mujeres, y eso es preocupante porque revela, a su vez, problemas estructurales como el machismo impregnado en la sociedad y también una falta de capacitación para poder aplicar el enfoque de género en los procesos judiciales”, explica Fernández.

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Proceso judicial: Elementos a tener en cuenta

El informe evidencia que el principal criterio en el proceso judicial, refiere al bien jurídico. El mismo que, actualmente, es la dignidad, a diferencia de años anteriores en los que se ponderaba la libertad. La dignidad humana entendida como “la no cosificación de la persona”, señaló Percy Castillo, Adjunto para los Derechos Humanos y Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo, en entrevista con La Antígona. Esta evolución es importante pues de considerar la libertad como bien jurídico, se podría generar impunidad, como ejemplifica una de las determinaciones judiciales revisadas:

A pesar de que una menor era explotada sexualmente, se argumentó que el delito de trata de personas no se habría configurado. Ya que ella podía salir por una hora del bar en el que trabajaba. Consecuentemente, no se encontraba retenida y su libertad personal no había sido vulnerada”.

Por otro lado, el informe demuestra que existe una necesidad de transversalizar la perspectiva de género en todo lo que signifique la investigación judicial. Aun cuando “se reconoce que en el análisis de las sentencias, no se encontraron los llamados estereotipos de género que en general buscan desacreditar a las víctimas en beneficio de los tratantes”, sostuvo Marisol Perez, Jefa de la Oficina de Gobernanza y Fortalecimiento Institucional de USAID Perú.

​En este contexto, en el que más del 90% de víctimas son mujeres -entre adultas y niñas y adolescentes- resulta sumamente importante que “los procuradores de justicia tengan claro que los estereotipos de género son construcciones sociales que subordinan al género femenino por lo que no pueden ser utilizados para determinar la comisión del delito de trata de personas”, indicó Castillo. 

El estudio también destaca la relevancia de las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas. De acuerdo al Marco 2002/629 JAI, decidido por la Unión Europea referente a la lucha contra la trata de personas, “son aquellas situaciones en las que la persona no tiene una alternativa real y aceptable, excepto someterse al abuso”. Dichas situaciones no se limitan al ámbito socioeconómico -con ausencia de medios de subsistencia, pobreza extrema y/o carga familiar. Ahora, involucran también aspectos de inestabilidad emocional, por ejemplo. De forma que los tratantes toman ventaja de ellas y captan a sus víctimas a fin de someterlas y convertirlas en objetos de explotación. 

La trata de personas y la pandemia

En general, es relevante tener en cuenta el hecho y el motivo por el que las víctimas son mujeres. Como indica Fernández, la mayoría de víctimas de trata son mujeres. Esto, “porque hay una desigualdad de género, evidente, que se visualiza y se revela también en las pocas opciones laborales, económicas y profesionales. Así mismo, aún tenemos las mujeres en el país. Entonces eso las hace mucho más vulnerables, a las víctimas”.

Debido a que el principal método de captación de trata de personas son las falsas ofertas de trabajo, considerando el contexto de la pandemia del COVID-19, Valdés explicó que prevé que las condiciones de vulnerabilidad estén más presentes que nunca. Es así que los porcentajes de pobreza se han ido incrementando. Hoy se calcula que habrán 1 millón 200 mil empleos perdidos sólo en la capital peruana. En esa línea, Castillo manifestó que es importante trabajar en la parte preventiva. Es decir, reunir “todos los esfuerzos que ilustren la forma como trabajan estas organizaciones delictivas y prevengan a las mujeres. Sobre todo, porque son las principales víctimas”, agregó.

Asimismo, se debe tener en cuenta el tema de género, los contextos de desigualdad que existen y vuelven más vulnerables a las víctimas. “Los esfuerzos estatales están más orientados al tema de poner la sanción. Esto es correcto, pero muchas veces se le pierde el rastro a la víctima”, concluyó Castillo. Muchas veces se cree que liberándola del captor la víctima ya es libre, cuando no es el caso. Las secuelas y traumas que dejan este tipo de situaciones, probablemente, nunca abandonen a la víctima.

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